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Samsung podría presentar un nuevo teléfono con un sensor fotográfico de 144 megapíxeles

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Samsung estaría aprovechando el desarrollo de un nuevo procesador para lograr una cámara con un sensor de 144 megapíxeles, según informó por Twitter la conocida fuente de filtraciones tecnológicas Ice Universe.

De acuerdo con la fuente, el gigante surcoreano estaría haciendo uso de transistores FinFET para crear sensores fotográficos con una precisión de 14 nanómetros. Esta posibilidad podría hacerse palpable dada la tendencia actual de aumento en los sensores de imagen basados en la tecnología de semiconductor complementario de óxido metálico (CMOS).

Los sensores de esta clase para teléfonos móviles hoy en día pueden variar de menos de 10 millones a más de 100 millones de píxeles. En este contexto, se espera que la tecnología FinFET de 14 nanómetros permita llevar más allá ese diapasón, subraya la publicación.

Wellington Mejía promete Construcción del Mirador del Yuna y una Funeraria En Villa Liberación

BONAO.- El sector de Villa Liberación y Brisas del Yuna recibieron el candidato a la alcaldía, Wellington Mejía, con entusiasmo y algarabía, para escuchar sus propuestas de trabajo en favor de las comunidades de Bonao.

«Tenemos un interés especial en esta comunidad, vamos hacer realidad el mirador del Yuna”.

Además Precisó que durante su gestión de gobierno construirá una funeraria para la comunidad. Asimismo se propone recuperar el ornato e iluminar calles, así como ordenar el tránsito vehicular.

El candidato sostuvo, » vamos a ganar las elecciones y ustedes y nosotros gobernaremos desde el ayuntamiento para Villa Liberación, Brisas del Yuna y los demás sectores de Bonao”.

Estas declaraciones fueron ofrecidas al realizase un asopao, el cual estuvo organizado por los comunitarios José Yovanny Quezada, Ana Pichardo y Francisco Antonio Hernández.

LA TSS PRE-CALIFICA A LOS EMPLEADORES PARA REPORTAR TRABAJADORES POR DEBAJO DEL SALARIO MÍNIMO DE SU SECTOR

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El pasado 23 de mayo de 2019, el Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) emitió la resolución 471-02 sobre el Procedimiento para la Aplicación de Aportaciones y Contribuciones al Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) ajustados al Salario Mínimo Cotizable, que otorga un plazo máximo de 120 días a la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) para la construcción de un módulo de software y realizar los ajustes técnicos necesarios al SUIRPlus.

A partir viernes 20 de septiembre de 2019, la TSS notificará a todos los empleadores a través de un mensaje en el SUIR, informándoles si han sido autorizados o no para cargar trabajadores con salario por debajo del mínimo de su sector salarial.
En caso de que un empleador no haya sido autorizado a reportar empleados con salarios inferiores al mínimo, podrá iniciar el proceso de Solicitud de Dispensa en el SUIR, donde cargará todos los requisitos requeridos para la evaluación.

Este plazo para la Solicitud de Dispensa será de 60 días, que inician a partir de mañana y finalizan el 18 de noviembre de 2019.
Esta solicitud aplica para: a) cualquier nómina NO pre-calificada de empleadores calificados, b) las nóminas de los empleadores NO pre calificados y c) todos los empleadores de nuevo registro en TSS por cualquiera de los canales establecidos (presencial o ventanilla única).

TSS Fija salario mínimo para fines de cálculos de cotización régimen contributivo

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En atención a lo establecido en el Artículo Cuarto de la Resolución No. 371-04 del 03 de septiembre 2015 del CNSS, la Tesorería de la Seguridad Social fija en Trece Mil Cuatrocientos Ochenta y Dos Pesos con 00/100 (RD$13,482.00) el monto del Salario Mínimo Nacional para fines de cálculo de los topes de cotización del Régimen Contributivo del Seguro Familiar de Salud, del Seguro de Riesgos Laborales y del Seguro de Vejez, Discapacidad y Sobrevivencia, calculado en base al promedio de las tres clasificaciones de los salarios mínimos del sector privado no sectorizado establecidos por el Comité Nacional de Salarios, mediante Resolución No. 22/2019.

En ese sentido, a partir de las Notificaciones de Pago del mes de agosto 2019 el tope de contribuciones para los tres seguros es:

Seguro

Seguro de Riesgos Laborales

Seguro Familiar de Salud

Seguro de Vejez, Discapacidad y Sobrevivencia (Pensiones)

Tope

RD$ 53,928.00

RD$134,820.00

RD$269,640.00

Para información adicional puede contactarnos por las siguientes vías:

Centro de llamadas Tel. 809-472-6363

Chat en Línea en nuestra Página Web www.tss.gob.do

TSS Acuerdos de pago para empleadores atrasados

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Descripción del Servicio
Establecer las normas y procedimientos para que los empleadores con atrasos en las contribuciones al Sistema Dominicano de Seguridad Social, puedan mediante pagos parciales y progresivos, ponerse al día con dichas contribuciones.

A quien va dirigido
Empleadores que presenten, por lo menos, tres notificaciones de pago vencidas.

Requerimientos o requisitos:

• Carta de Solicitud de Acuerdo de Pago firmada por el principal Directivo de la empresa empleadora o propietario del negocio, especificando nombre, cargo y número de cédula de identidad y electoral de la persona autorizada a firmar el acuerdo. En caso de no presentarse el principal Directivo de la empresa empleadora o propietario del negocio, podrá hacerse representar por otro directivo de menor jerarquía que ocupe alguna posición dentro de la empresa.

• Poder Notarial Legalizado: Que se requerirá en caso de que la empresa empleadora o propietario del negocio se haga representar por una persona que no ostente ninguna posición de jerarquía dentro de la empresa.

• Copia del Registro Mercantil, en caso de que sea Persona Moral.

• Sello Gomígrafo de la Empresa en caso de que sea Persona Moral y para los casos de Negocios registrados a nombre de Personas Físicas no es imprescindible.

• Fotocopia de la Cédula de Identidad y Electoral del firmante.

• Volante de Depósito bancario por un monto de Cuatrocientos Pesos con 00/100 (RD$400.00), en la Cuenta Corriente No. 010-252516-1 en Banco de Reservas, a nombre de la Tesorería Nacional, a los fines de cubrir los costos de Notarización.

Servicio ofrecido por:

Dirección Jurídica

Tel.: 809.262.0243 Ext.: 3324 / 3351 / 3390

milagros_gomez@mail.tss2.gov.do

america_santana@mail.tss2.gov.do

leydi_rosario@mail.tss2.gov.do

Procedimiento:

Depositar solicitud en la Dirección Jurídica, Oficinas Regionales o en el área de correspondencia de la Tesorería de la Seguridad Social

Horario de prestación del servicio:

Lunes a viernes de 8:30am a 5:00pm

Tiempo de realización:

1 día laborable

Costo:

RD$400.00 para notarizar acuerdo de pago

Canales de Presentación de Servicio:

Presencial

Candidata Vicealcaldesa PRCS-LFP Bonao, Clara Luna realiza encuentros de Fortalecimiento

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La licenciada Clara Luna, candidata a vicealcaldesa para el municipio de Bonao 2020-2024 por el Partido Reformista, La Fuerza del Pueblo y partidos aliados, está realizando encuentros para el fortalecimiento de su candidatura y la del Ingeniero Wellington Mejía con miras a lograr un gran triunfo electoral en las elecciones municipales a realizarse en febrero 2020.

En esta ocasión realizó un emotivo encuentro con el candidato a director del distrito Juma Bejucal licenciado Teodoro Santos en compañía del equipo de trabajo del doctor Darío Rodríguez candidato a diputado al congreso por la provincia Monseñor Noel, en la que expresaron su apoyo a Santos.

En el encuentro realizado el pasado martes 17 de diciembre en el distrito Juma Bejucal, la candidata a vicealcaldesa por el PRSC, LFP y fuerzas aliadas, dijo que vamos a vestir a nuestro pueblo de color esperanza.

APUPRENSA/ Lic. Alexis Rosario CDP, SNTP, FIP

TRATAMIENTO FISCAL Y CONTABLE DE LOS BONOS Y CERTIFICADOS DE REGALOS

1. Base Legal
De acuerdo a lo establecido en la Norma General 03-2008, la venta de Bonos o Certificados de Regalo, deberá estar amparada por un Comprobante Fiscal de conformidad con las necesidades del adquiriente (ya sea a Consumidor Final, con Crédito Fiscal, Gubernamental o para Regímenes Especiales) sin ITBIS incluido.”

De hecho, el Párrafo I agrega que “En ningún caso el comprobante fiscal emitido podrá ser usado como crédito para los fines de ITBIS. …/”. Asimismo, el artículo 3 de la NG 03-2008 establece que “Los Bonos o Certificados de Regalo tendrán una vigencia de 12 meses, a partir de su emisión para la redención de los mismos, debiendo éstos indicar en un lugar visible de su contenido su plazo de vigencia”

Dirección Cibao Sur PN, realiza coordinación para estrategias Navidad Segura 2019

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Con el firme propósito de que la ciudadanía disfrute unas navidades con los más altos niveles de seguridad El CORONEL JOSE C. POCHE VALDEZ P.N., (Director Regional), realizo la acostumbrada reunión para coordinación de trabajos policiales preventivos del “Plan Navidad Segura 2019”, en la Dirección Regional Cibao Sur, con la participación del Sub-Directores, Comandantes Departamentales, Supervisores Zonales, Encargados de Secciones y de Áreas, bajo su respectivo mando.

Destacó que la reunión realizada ha sido llevada a cabo, con la finalidad de dar continuidad a las labores estratégicas de prevención que se encuentran implementadas en las calles y centros comerciales, para evitar malhechores realicen hechos violentos que puedan empañar la celebración de las festividades navideña.

Lo moradores de la ciudad de Bonao, Provincia Monseñor Nouel expresan su satisfacción por el trabajo que viene realizando el CORONEL JOSE C. POCHE VALDEZ y los miembros de la dotación policial en beneficio de la seguridad ciudadana, ya que la vida nocturna de esta provincia a retornado a la normalidad debido al control que se tiene sobre los delincuentes y antisociales.
Las familias de Bonao y toda la provincia Monseñor Nouel, se muestran confiadas y protegidas para disfrutar unas navidades felices y seguras en sus casas o establecimientos públicos preferidos.

APUPRENSA/ Alexis Rosario CDP, FNTP, FIP

HERMANDA PLAN REFORMA CELEBRA INOLVIDABLE ENCUENTRO NAVIDEÑO. 39 AÑOS DESPUÉS








Recordar es vivir, y para recordar momentos inolvidables una vez más los integrantes de la primera graduación del liceo Plan de Reforma decidieron realizar un armonioso encuentro navideño para dar gracias a Dios por la oportunidad de reencontrarnos como una verdadera familia. 39 AÑOS DESPUÉS.

Entre besos, abrazos, tragos y conversaciones amenas todos los asistentes esperaron ansioso la apertura del delicioso buffet preparado por el súper chef y anfitrión de la actividad Eduardo Dipré, a quien se le ha denominado el Macho Alfa.

La animación artística estuvo a cargo de Alberto de la Cruz, quien deleitó a todos cantando y motivando a cada uno de los participantes a presentarse dando su nombre y el curso al cual pertenecían.

Finalmente llegó el momento de la despedida, y antes de partir posaron para las Cámaras del periódico El Resplandor para dejar registrado en los anales de la historia un encuentro más de la hermandad de la Primera Graduación del Liceo Plan De Reforma.

Todos quedamos muy complacidos y agradecidos con las finas y cordiales atenciones del gran anfitrión…EDUARDO DIPRE…»MACHO ALFA»

APUPPRENSA/ LIC. ALEXIS ROSARIO, CDP, SNTP, FIP

Diputados gastan más RD$300 millones en productos y bonos navideños

Los comestibles fueron adquiridos en cinco empresas por RD$125 millones
La Cámara de Diputados contrató por un monto superior a los RD$310 millones la adquisición de productos comestibles y bonos navideños para repartirlos durante las festividades de este 2019.

Los bonos navideños, por valor de RD$500 y RD$ 1,000, fueron adjudicados mediante procedimiento de excepción por exclusividad a la empresa Centro Cuesta Nacional y al Grupo Ramos, por un monto general de RD$185 millones, distribuidos a razón de RD$148 millones y RD$37 millones, respectivamente.

En productos comestibles, incluidos carnes congeladas, arroz, habichuelas, ron, frutas, aceites y espaguetis, el monto global de la licitación, denominada CD-CCC-LPN-1-2019, alcanzó los RD$125.7 millones.

En el pliego de condiciones se establece que los comestibles serán distribuidos con motivo de la Navidad 2019.

La Cámara de Diputados ha sido cuestionadas en años anteriores por algunos sectores que consideran que el reparto de canastas no se enmarca dentro de las funciones del Poder Legislativo.

El total contratado este año supera los RD$101 millones que, según esa Cámara, gastaron en 2018 para la adquisición de alimentos y bebidas que fueron repartidas durante las festividades de la época.

El mayor monto contratado en productos lo tuvo la empresa Multiservicios Hermes, que proveyó a la Cámara 5,300 cajas de ron dominicano, por un total de RD$ 33.6 millones de pesos, conforme el acta de adjudicación.

Le sigue la empresa Zadesa SRL, con un monto de 31.9 millones para la adquisición de 175,000 libras de pavo congelado importado, 3,000 cajas de guandules verdes enlatados, 10,000 fardos de espaguetis, así como otros comestibles como sal, café, harina de maíz, salsa de tomate, sazón en polvo y ponche criollo.

Once mil cajas de uvas y manzanas se adquirieron a la empresa R.H. Mejía & Co., por valor RD$25.1 millones; 200,000 libras de habichuelas a la Procesadora de Granos Managua, por RD$7.5; mientras que a Hermosillo Comercial le compraron RD$27.4 millones en arroz y aceites.

El llamado a licitación se hizo el pasado 3 de septiembre y el plazo para presentar las propuestas corrió hasta el 21 de octubre, conforme los documentos de la licitación que tiene colgados la Cámara de Diputados en su portal web.

Osiris Martinez, creará estancias infantiles y trabajará por la Juventud en Juma Bejucal

Osiris Martínez, creará estancias infantiles y trabajará por la Juventud en Juma Bejucal
El candidato a director del Distrito Juma Bejucal, licenciado Osiris Martínez aseguró a este medio informativo que de resultar electo en las próximas elecciones municipales a celebrarse en febrero del 2020 construirá estancias infantiles y creará un departamento para apoyar a la juventud de esta comunidad.

«Tenemos en proyecto construir unas guarderías infantiles en esta comunidad de Juma, para que las madres puedan trabajar, para que dejen sus niños seguros y bien cuidados y al regresar para el hogar lo recojan» Expreso Martínez.

Considera que la juventud es un pilar en lo social y en lo político, tendrá una oficina especial para brindar apoyo a los jóvenes, para dar soporte en los deportes y programas educativos.
Expresó se siente ya un ganador, y dice que sus números siempre han estado buenos, que en todas las encuestas sus números están por encima de todos sus competidores que andan en las calles, porque la gente lo conoce bien a él, porque confían en él y porque saben que va administrar con transparencia los recursos que lleguen a ese ayuntamiento.

En cuanto a sus estructuras políticas, expresó:» Nosotros tenemos una estructura diseñada en todo el distrito de Juma Bejucal en sentido general, pues el político que no tiene estructurada su campaña está trabajando para quedar en el vacío y nosotros estamos dispuestos hacer lo que tenemos que hacer para ganar y ganar»

Las declaraciones del licenciado Osiris Martínez, fueron vertidas durante entrevista exclusiva al equipo de prensa del periódico El Resplandor y del programa Eventos y Opiniones al Día.

APUPRENSA/ ALEXIS ROSARIO, CDP, SNTP, FIP

Repetirá Fabián y la Dra Fernández nueva vez como diputados del PLD?

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Como todos sabemos a partir de la pasadas primarias abiertas organizadas por la JCE el Partido de la Liberación Dominicana quedó fraccionado en dos agrupaciones política seriamente enfrentadas.

La primera encabezada por el candidato presidencial del PLD Gonzalo Castillo y la segunda conformada por La Fuerza del Pueblo bajo la dirección del ex presidente Leonel Fernández.

Este fraccionamiento del PLD evidencia un debilitamiento institucional muy profundo en las bases del partido, como también de sus candidatos, puesto que los votos que se fueron al lado contrario dejaron un gran vacío ya que no se cuenta con el mismo caudal de votos para terciar con optimismo en las próximas elecciones.

Aterrizando en el caso al que nos queremos referir tenemos preguntarnos: ¿ Cuál de los dos diputados del PLD de la provincia Monseñor Nouel se quedará con una curul en el Congreso Nacional, la doctora María Mercedes Fernández o el Doctor José Antonio Fabián?

Si analizamos ambos candidatos se encuentran ante una gran encrucijada haciendo vida política en zonas apaches.
Por un lado la doctora María Mercedes Fernández es una hija adoptiva del PLD pero sus raíces históricas están cimentadas en el Partido Reformista Social Cristiano.

En el caso de doctor José Antonio Fabián qué es un símbolo el PLD en la provincia Monseñor Nouel pero todos sabemos que su fortaleza está en la parcela contraria o mejor dicho en La Fuerza del Pueblo.

Fabián es un fiel devoto del ex presidente Leonel Fernández, aunque su cuerpo se haya quedado con Gonzalo su mente y su corazón late con pasión con La Fuerza del Pueblo.

La pregunta obligada es: ¿ Habrá suficientes votos en el PLD para que la Doctora Fernández y el doctor Fabián logren quedarse con la curul de la Cámara de Diputados 2020?

NOS VEMOS EN LAS URNAS…

Las preguntas del director

Apuprensa/ LIC.ALEXIS ROSARIOS

Director Hospital Juan Bosch entrega medicamentos a instituciones del Sistema Nacional de Prevención y Respuestas.

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El director general del hospital Prof. Juan Bosch el Dr. Andrés Rodríguez Céspedes, encabezó la entrega de medicamentos e insumos, que como cada año realiza el departamento de Almacén de Medicamentos a las instituciones del Sistema Nacional de Prevención , Mitigación y Respuesta ante Desastres , que participarán en el operativo Navidad Segura 2019.

Estos medicamentos e insumos son entregados con la finalidad de que sean utilizados por los organismos de socorro para salvar vidas en caso de accidentes de tránsitos y otros escenarios donde se presente emergencias médicas durante los días festivos de navidad y año nuevo.

APUPRENSA/ ALEXIS ROSARIO CDP, SNP, FIP

Dr. Andrés Rodríguez Céspedes director del Hospital Profesor Juan Bosch, dispone reparación y mantenimientos diversas áreas del centro de salud

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El Dr. Andrés Rodríguez Céspedes director del Hospital Profesor Juan Bosch en su anhelo por seguir mejorando la infraestructura del centro dispuso al Departamento de Mantenimiento el cambio de los Plafones en mal estado, sustitución de las Bombillas quemadas, reparación de los esquineros dañados, limpieza de las puertas de Acero Inoxidable y pintura de toda el área de Cirugía entre otras que serán intervenidas para seguir embelleciendo todos los espacios del Hospital y así brindar mejores servicios de calidad y calidez por disposición del presidente Danilo Medina con el respaldo del Servicio Nacional de Salud (SNS)
DIRECCION DE PRENSA

COMISION COOPMAIMON, VISITA CIUDAD DE PARTERSON N J, RECIBEN AUTORIZACION PARA INSTALACION DE SUCURSAL.

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Una alta comisión de COOPMAIMÓN presidida por el Presidente del Consejo de Administración licenciado Ramón Antonio Díaz e Irma Grullón, acompañados de los Sres. Daniel Estrella, Aurora Díaz y Lourdes Rosario quienes fue reciba y acogidos por los Sres. Andrés Sadyed, Alcalde de la Ciudad de Paterson, N. J., Miguel Díaz, Vicealcalde y acompañados de sus concejales quienes otorgaron como regalo de navidad a COOPMAIMÓN los permisos para la instalación de una Sucursal en este Estado. El recibimiento tuvo lugar el pasado Viernes 6 de diciembre 2019.

COOPMAIMON CELEBRA SUS 29 AÑOS CON 10,500 MILLONES EN ACTIVOS

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La Cooperativa de Ahorro y Crédito Maimón (Coopmaimón) ha alcanzado un importante posicionamiento en el país, resultado del esfuerzo y trabajo de 29 años, expresados hoy día en cifras positivas y un accionar que ha beneficiado no solo a los miembros de la organización, sino a amplios segmentos de la región en la que opera.
Tiene RD$10,500 millones en activos, una cartera de crédito de RD$9,500 millones y un aporte social al que no resulta fácil asignar un monto específico, porque posiblemente el valor de éste no lo constituye o define una cifra, sino más bien el aspecto humano que ha tocado.

La principal actividad, en función de la segmentación de la cartera de Coopmaimón, es el consumo, ramo para el que se destinan más de RD$4,500 millones (casi la mitad de la cartera).

El uso del picante reduce el riesgo de infartos

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SANTO DOMINGO, República Dominicana.-Una dieta condimentada regularmente con pimientos picantes o chiles reduce el riesgo de muerte por ataque cardíaco o infarto cerebral, según un estudio llevado a cabo en Italia.

En la investigación se examinó a más de 22 mil 800 residentes en Roma durante más de ocho años y se determinó que por su consumo de productos con picante, al menos cuatro veces o más a la semana, redujeron un 40 por ciento el riesgo de muerte por un incidente cerebrovascular.

Imagen: Fuente externa

La política y los impuestos en tiempos de campaña electoral

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Por Arturo Matos Jaquez Director Ejecutivo, ATRIRD

Todos los expertos tributarios y firmas de consultoría, saben que en cada campaña electoral sus asesores pueden “hacer su agosto”, ya que cada nuevo gobierno viene con “un librito tributario diferente” y los gobernantes de turno, que obviamente no pueden mostrar un librito diferente, no quieren quedarse atrás, y hacen en sus últimos años de gobierno, todo lo que no hicieron mientras gobernaban.

Es común ver como de repente los gobiernos que “finalizan” propugnan por promulgar leyes de amnistías impositivas o patrimoniales, subir salarios, bajar impuestos y vender bienes del estado. Es decir, hacer todo lo contrario de lo que hicieron durante años y todo para lograr los siguientes objetivos:
1. Quitarle argumentos a la oposición política para poder mantenerse en el poder
2. Dejarle las arcas vacías al nuevo gobierno para que no tenga capacidad de maniobra
3. Hacerse de recursos y/o activos para poder usarlos en su provecho electoral

Esa ha sido la historia política de nuestro país y no va a ser fácil cambiar esa tónica de gobernar. Actualmente vamos por el mismo camino. Un gobierno que no ha terminado de construir una cuestionada Planta de Carbón (Punta Catalina) y ya hacen todos los aprestos para “vender el 49% de sus acciones” y por otro lado, someten una ley de “revalorización patrimonial” que busca amnistiar los patrimonios mal habidos mediante el pago de impuestos que le permitirán “legalizar” su patrimonio. Las amnistías han sido la tónica de todos los gobiernos que hemos tenido en las últimas dos décadas. Con solamente esas dos medidas, al gobierno de turno le podría entrar una suma impresionante de recursos, a solo 5 meses de las elecciones presidenciales! La oposición al gobierno por su parte, no ofrece nada diferente, y posiblemente buscaría que esas operaciones se hagan en el nuevo gobierno que surja. Es decir, que la oposición va a querer hacer su propia amnistía fiscal y ser ellos los que vendan las acciones de la Planta a Carbón para ser los receptores de esos cuantiosos recursos.

Nada nuevo, para los que estamos desde las gradas viendo como la historia se repite, una y otra vez en nuestro país. Todos nos preguntamos ingenuamente ¿y cuando cambiarán las cosas? ¿Cuándo terminará la corrupción disfrazada de tantas maneras?

Tratando de ser optimistas, lo que debemos rogar es que ya sea este gobierno o el que surja de las nuevas elecciones, hagan un uso racional y no fraudulento de esos cuantiosos recursos que pudieran recibirse por tales operaciones

En adición, rogar de que algún día se quite el “manto de confidencialidad” de la DGII y que el público pueda enterarse de quienes se han acogido a las amnistías fiscales y por cuales montos (para no hacer el listado muy grande, nos conformaríamos que solo se incluyan en dicha lista los montos “rectificados” que excedan de RD$20 millones de pesos).

El día que se quite ese velo de confidencialidad, los asalariados y medianos negocios sabrán de la enorme injusticias debajo de estas “amnistías” y nunca comprenderán porqué la DGII no les saca el guante de la cara con tantas “notificaciones” y “declaraciones/ informes” que todos los meses le deben remitir a la Administración Tributaria so pena de incurrir en el pago de intereses, recargos y multas!

Pero no soñemos…ese velo de “confidencialidad” nunca será destapado, los políticos, defensores del pueblo, se asegurarán de que eso nunca ocurra!

EL SALARIO DE NAVIDAD

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POR: Dra.Eunice Arias Torres Abogada, CPA, CTC, MBA, AMLCA FIBA Presidente IFA-RD y del Comité CientíificoEl Salario de Navidad

1. ¿Cómo se calcula el salario de navidad?
El 13avo salario, equivale a la duodécima parte del salario ordinario devengado por el trabajador en el año calendario (enero a diciembre). En el caso de que el trabajador que no haya prestado servicios durante todo el año, el 13avo salario se calcula en proporción al tiempo trabajado durante el año. Sin embargo, el 13avo salario no debería será mayor del monto de cinco salarios mínimos legalmente establecido.

2. ¿Grava impuesto sobre la renta el monto del 13avo salario que exceda los 5 salarios mínimos legalmente establecidos?
No. Conforme al párrafo único del Articulo 222 del Código Laboral agregado por la Ley 204-97 del 24 de octubre del 1997, el 13avo salario no está sujeto a la retención del Impuesto sobre la renta aunque el monto pagado sea mayor de 5 salarios mínimos legalmente establecido. Adicionalmente, tampoco es susceptible de gravamen, embargo, cesión o venta.
3. ¿Qué incluye el salario ordinario utilizado para fines de pago del 13avo salario?

El salario ordinario utilizado para el cálculo del 13avo salario equivale a toda retribución recibida de forma regular como compensación del servicio prestado. En otras palabras, el salario ordinario está integrado por el dinero en efectivo pagado y por cualquier otro beneficio dado que no sea un gasto auténtico de la ejecución de su trabajo o que no esté excluido expresamente por la Ley. Como ejemplo práctico diríamos que el salario ordinario está integrado por el sueldo fijo más los pagos regulares por comisiones pagadas regularmente; por rendimiento (incentivos, bonos de producción, etc), por montos fijos para el mantenimiento de su vehículo, por dietas, por rentas y alimentación del trabajador, por bonos y primas por el costo de vida y por el alquiler de vivienda. Sin embargo, en el cómputo del salario ordinario para fines de pago del 13avo salario se excluyen las retribuciones por horas extras, propina en hoteles y restaurantes, pagadas por los clientes, la participación en las utilidades de la empresa (bonificaciones); los incentivos que se pagan una vez por año; los reembolsos de gastos y viáticos que sean auténticamente gastos en la ejecución del trabajo, los uniformes, útiles y herramientas de trabajo y el subsidio de la seguridad social por enfermedad, accidente o maternidad. En el caso de las empleadas domésticas el salario ordinario para fines de calculo del 13avo salario comprende los pagos en dinero, el alojamiento y alimentos de calidad corriente. Los alimentos y habitación que se dan se estiman que son equivalentes al cincuenta por ciento del salario que reciba. Es decir que si usted le paga a una domestica con dormida RD$8,000 mensuales durante todo el año calendario.

Su 13avo salario sería $12,000. Instalaciones ó Existencias Salario Mínimo 5 salarios Máximo RD$10,718 RD$53,590 RD$12.107 RD$60,535 RD$17,610 RD$88,050 RD$15,000 RD$75,000 RD$11,500 RD$57,500

4. ¿En qué se diferencia el salario cotizable en la TSS y el salario gravable de ISR con el salario ordinario para fines de cálculo del 13avo salario?
El salario cotizable para fines de la TSS solo incluye el salario ordinario, las comisiones y las vacaciones. Los demás pagos se reportan como otras remuneraciones. El salario gravable de ISR solo incluye los pagos en efectivo menos los aportes a la TSS y el Salario de navidad. Los pagos en especie son retribuciones complementarias.

5. ¿Cuándo se calculen las prestaciones laborales o la asistencia económica se debe incluir el monto pagado como salario de navidad?
No. El 13avo salario no se incluye en el cálculo del salario ordinario para fines de determinación del preaviso, de la cesantía y de la asistencia económica.

6. ¿Cuál es la fecha límite para pagar el salario de navidad?
El 13avo Salario, comúnmente llamado salario de navidad, doble sueldo, regalía pascual o regalía navideña, debe ser pagado a más tardar el 20 de diciembre de cada año.

7. ¿Cuáles son las consecuencias de no pagar el 13avo salario?
El no pago del 13avo salario convierte al empleador en un deudor en mora. El trabajador puede justificadamente terminar el contrato de trabajo por dimisión, demandarlo por daños y perjuicios y requerir la aplicación de un astreinte indemnizatorio por cada día de retardo en el pago

Sobre los adelantos en el pago de ISR

El artículo 314 del Código Tributario Dominicano, establece como obligación de los contribuyentes clasificados en el sistema ordinario y gravando bajo el Articulo 297 del mismo Código, adelantar a la Administración de manera mensual, la doceava parte del ISR liquidado, siempre que su tasa efectiva de tributación haya excedido el 1.5%. En los casos que no alcance este porcentaje, la cuota a pagar se corresponderá con el 1.5% de sus ingresos grabados del año. Si bien es cierto, este pago es la definición de un avance a cuenta que recibe la Administración sobre el entendido de que las utilidades del siguiente periodo fiscal serán suficientes para amortizar este pago anticipado.

Sin embargo, que seguridad tiene el contribuyente de que, si decide no pagar este anticipo y/o no produce suficientes recursos para cumplir en las fechas estipuladas, las sanciones establecidas por el mismo Código Tributario no sean aplicables a este mencionado Anticipo?

Ninguna. La Administración se vale de los artículos 257 y siguientes, para además de cobrar por anticipado un impuesto que el contribuyente desconoce si lo podrá generar, aplicar hasta un 67.2% de recargos e intereses por año.
¿Es intransigente? ¿Es legal? ¿Deberían cobrar intereses indemnizatorios a la Administración aquellos contribuyentes que arrastran saldos a favor por varios periodos fiscales sin que sean aprobados por la misma Administración, solicitudes de reembolso gestionadas por las vías pertinentes?

Con el nivel de modernidad al que nos dirigimos como país, el Estado debe garantizar al contribuyente, el que no sean vulnerados sus derechos, siempre en concordancia con el cumplimiento de su deber sin importar quien sea.
Félix J. Espíritu CPA, CTC, Asesor Tributario

Guillermo Moreno dice partidos van a un “matadero electoral” por falta auditoría

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El candidato presidencial del partido Alianza País (AP), Guillermo Moreno, aseguró que los partidos políticos que participarán en las próximas elecciones municipales, congresuales y presidenciales van a un “matadero electoral” por la falta de una auditoría forense al voto automatizado.

“A 49 días para las elecciones municipales ni se ha hecho la auditoría forense a los equipos y software utilizados en las primarias, ni tampoco la auditoría técnica a los nuevos equipos y software para las elecciones del próximo 16 de febrero”, se cuestionó Moreno en su cuenta de Twitter.

El candidato presidencial de AP señaló que urge realizar una mesa democrática conformada por los partidos de oposición con el objetivo de concertar iniciativas ante la Junta Central Electoral (JCE) y así fomentar la toma de conciencia y la movilización de la ciudadanía.

“Estas son condiciones imprescindibles para sacar el peledé (PLD) del poder e iniciar el cambio democrático”, dijo el presidente de Alianza País.

Moreno atribuyó los “fraudes electorales” que se han cometido en el país a la falta de responsabilidad de las autoridades, en especial la JCE.

“La ausencia de reales árbitros ha sido responsable, por comisión y omisión, de reiterados fraudes y el desconocimiento de la voluntad popular”.

Rosario Espinal cita factores dificultan una segunda vuelta electoral en RD

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EL NUEVO DIARIO, SANTO DOMINGO.-La politóloga Rosario Espinal afirmó anoche que entre los factores que dificultan una segunda vuelta electoral en la República Dominicana estará el cansancio en el electorado en el mes de mayo próximo.

“Esto se debe a que ya hubo unas primarias en el pasado mes de octubre, con todas las secuelas que dejan unas elecciones; las elecciones municipales en febrero próximo, que dejarán secuelas porque son muchas candidaturas, y en mayo habrá una especie de cansancio que influenciará la decisión del voto del electorado”, expresó.

Otros factores que cita la experta son la tendencia de los dominicanos a concentrar el voto en las primeras opciones, y el tema del financiamiento.

“El sector privado financió una parte de las primarias pasadas, tiene que financiar una parte de las elecciones municipales y de las presidenciales y legislativas de mayo. Hay un desgaste de la fuente de financiamiento”, asegura Espinal.

Entrevistada por el Periodista Julio Martínez Pozo en el programa Toque Final, que se transmite por Antena 7, la doctora destacó que un cuarto factor es que para que el voto se divida de manera sustancial en tres ofertas electorales debe haber una tercera que sea muy innovadora, que movilice votantes que están descontentos y apáticos, y que se convierta en una fuerza nueva, pero ese no es el caso.

En tanto, la maestra vaticina que las elecciones del año 2020 serán una prueba con relación al 2016 para el Partido de la Liberación Dominicana (PLD), y que el desafío de esa organización política es contener la salida de votantes de su lado, producto del conflicto interno que provocó la salida del expresidente Leonel Fernández, y del cansancio de un partido que tiene 16 años en el poder.

En el caso del Partido Revolucionario Moderno (PRM), según explica la experta, la tarea elemental es cómo aumentar sustancialmente el flujo de votantes, del 34.9% que sacó en el 2016 al 50 más uno, o más, en las elecciones del 2020, precisa la destacada politóloga.

Elecciones Municipales

Rosario Espinal explica que esta es la primera vez que en el país se celebrarán elecciones municipales separadas tan cercanas a las presidenciales, lo que calificó de “horrible y problemático”.

“Desde la Reforma Constitucional del año 1994 he venido diciendo que aquí hay que hacer elecciones conjuntas porque es un país pequeño, por más que lo hayan subdividido territorialmente”, manifestó.

Indicó que las elecciones municipales tienen una lógica local y muchas dependen de localidades muy pequeñas, y hay dos factores que inciden en los resultados de las mismas, uno es el liderazgo de los candidatos en un municipio, lo que a su juicio es importante y de peso, sobre todo de los aspirantes a alcaldes.

“Donde hay alcaldías controladas por el PLD y aliados cómo se refleja la sumatoria de la acción municipal y del gobierno central. En el caso de los municipios que están en manos de la oposición cómo se refleja la pugna entre la acción municipal y la acción del gobierno central”, expresó.

Cree que todo eso se va a reflejar porque hay municipios con muy poca población, donde es fácil impactar de diferentes maneras las elecciones.

Sostiene que las elecciones municipales no determinan totalmente las elecciones presidenciales y legislativas de mayo próximo, pero sí van a enviar una señal del posicionamiento de los dos partidos principales.

Agrega que es muy difícil para un tercer partido ganar elecciones municipales porque quien salga alcalde o alcaldesa en un municipio es por mayoría simple, y quien gana esa mayoría es un partido fuerte. “Ganará el PLD o el PRM, se llevarán la inmensa mayoría de las municipales”.

BONIFICACION LEGAL Y VOLUNTARIA: Participación de los empleados en los beneficios de la empresa

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Las bonificaciones de los trabajadores son tipificadas como derechos en la participación de los beneficios de las empresas/negocios; por consiguiente, si la empresa presentare pérdidas operacionales no existirá derecho de exigibilidad de dichos beneficios.

Las bonificaciones son exigibles y pagaderas para las sociedades que obtuvieren beneficios en el ejercicio fiscal de que se tratare, acorde con el artículo 223 y subsiguientes del Código de Trabajo y tendrán que ser pagados de 90 a 120 días después de la fecha de cierre, de conformidad con el artículo 287 del Código Tributario y el artículo 40 del Reglamento 139-98, modificado por el Decreto 195-01 del 8 de febrero del 2001.

El gasto en bonificación será admitido en cumplimiento de las siguientes condiciones (a) el beneficiario fuere empleado/funcionario de la empresa y (b) el pago tendrá que ejecutarse en el plazo señalado y (c) reportarse en la Tesorería de la Seguridad Social (TSS), como otros ingresos gravados con la retención el impuesto sobre la renta e INFOTEP. 

La base calculo será la utilidad contable según los estados financieros auditados.

Existen dos tipos de bonificaciones; la primera de carácter obligatorio según el Código de Trabajo y la segunda voluntaria; está última es una decisión administrativa de la empresa de conceder a favor de algunos funcionarios y empleados una compensación especial extraordinaria.

La bonificación voluntaria reduce el impacto del impuesto sobre la renta corporativo, fomenta la cohesión, entusiasmo, lealtad y reconocimiento. El Ministerio de Trabajo es de opinión que la prórroga aprobada por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) de hasta 60 días para presentar la declaración jurada anual de sociedades (IR2), también extiende por igual período, el plazo obligatorio para el pago de las bonificaciones (distribución de utilidades) a los empleados, sin ningún tipo de penalidad, restricción administrativa o permiso oficial previo

PROVISIONES DE GASTOS NO ADMITIDOS AÑO 2019

Los gastos provisionados (no pagados efectivamente al cierre del año fiscal), excepto las bonificaciones, no serán admitidos (no deducibles) para los efectos del impuesto sobre la renta, en virtud del artículo 287 del Código Tributario, artículo 15 del Reglamento 139-98 y Decreto 254-06.

1. Provisión auditoría
2. Provisión publicidad
3. Provisión prestaciones laborales
4. Provisión energía y comunicaciones
5. Provisión demandas
6. Provisión inventarios
7. Provisión intereses financieros y cargos similares
8. Provisión bonificación no consumida
9. Provisión seguros/ reclamaciones
10. Provisión comisiones
11. Provisión cuentas inconbrables, excepto con la autorización de la DGII
12. Provisión mermas y decomisos
13. Provisión donaciones y contribuciones
14. Provisión impuestos
15. Cualquier otra provisión no contemplada en el CTD y leyes especiales

TET PARA LAS PERSONAS FISICAS EXCLUIDAS DEL RST/PST 2019

Con la entrada en vigencia del Reglamento 265-19, la DGII inició (con apenas unos 4 meses antes de finalizar el año fiscal 2019) un proceso masivo de exclusión del PST (hoy RST), bajo el argumento que las personas fisicas habían superado en el 2018, el umbral de RD$8.7 millones de ingresos en su conjunto (salarios, honorarios y rentas financieras) y consecuentemente, la migración hacia el régimen ordinario del impuesto sobre la renta.

Este cambio implicará para los afectados evaluar 3 posibles escenarios, que entre otros aspectos, conllevarán en lo adelante la generación de los tres anticipos del impuesto sobre la renta.

Escenarios ———————————
1. Unicamente la deducción de la exención contributiva anual de RD$416,220 y gastos educativos, si los hubieren.

2. Deducción de gastos justificables (con NCF y F607) inherentes a la generación del ingreso gravado y gastos educativos, si los hubieren. Sin derecho a la deduccion de la exención contributiva anual.

3. Previo el consentimiento de la DGII o en su defecto, por iniciativa propia de la persona física bajo ciertos riesgos o premisas, la aplicación de la Tasa Efectiva de Tributación (TET) de la Norma General 7-2014. Esta opción (second best choice) supone el reconocimiento indirecto de gastos estimados, pero sin la deducción de la exención contributiva anual.

Las personas físicas registradas en la DGII deberán de emitir facturas con NCF. La TET para los profesionales oscila de 12.10% a 23.50%, según el nivel de ingresos gravados.

En todos los casos, las rentas pasivas (intereses financieros, premios y dividendos) serán declaradas para fines informativos, pero posteriormente excluidas como rentas exentas por haber tributado en la fuente el impuesto del 10% en calidad de pago único y definitivo.

En los demás casos, el impuesto sobre la renta retenido será un crédito fiscal compensable.

SOCIEDADES SIN OPERACIONES O TENEDORAS DE ACTIVOS

La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) estableció mediante la Norma General 4-06 del 4 de julio del 2004, que las sociedades con inmuebles, cuyo capital suscrito y pagado no refleje el valor catastral de los mismos y/o no presenten declaración jurada con operaciones y/o no tengan contabilidad organizada y/o no paguen impuesto sobre la renta, tendrán que pagar el  Impuesto Sobre los Activos (ISA) en base a la tasación determinada por la DGII en la misma forma que el Impuesto a la Propiedad Inmobiliaria (IPI), según la Ley 18-88 y sus modificaciones, excepto las sociedades exentas por leyes especiales.

 La tasación para fines del IPI es competencia de la Dirección General del Catastro Nacional (DGCN) o en su defecto según la valoración de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII). 

La exención del Impuesto a la Propiedad Inmobiliaria (IPI) de RD$6,858,885 ajustada por inflación anualmente no aplica para las personas jurídicas (sociedades).

Esta norma general 4-06  ha generado grandes debates jurídicos sobre su legitimidad, especialmente a la luz del artículo 403 del Código Tributario, que establece que el referido impuesto será pagado según el balance general auditado construido en base a las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIFs).

La DGII justifica su decisión invocando el artículo 2 del Código Tributario (formas jurídicas inapropiadas) y accesoriamente los artículos 32, 34 y 35 del Código Tributario. 

La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) goza de potestad jurídica para dictar las normas generales que sean necesarias para la administración y aplicación de los tributos e interpretar las leyes tributarias, pero no tiene facultad para legislar, enmendar o corregir una ley. De hecho, a nadie se le puede obligar a hacer lo que la ley no manda ni impedírsele lo que la ley no prohíbe, según el numeral 15 del artículo 40 de la Constitución Política de la República Dominicana.

Los contribuyentes afectados podrán invocar la acción en repetición, pago en exceso o el recurso de reconsideración, según los artículos 57 y 68 del Código Tributario.

Las sociedades tenedores de acciones estan exentas del impuesto a los activos.

Los préstamos de los accionistas otorgados a las sociedades deben estar debidamente documentados y justificados.

REVALUACION DE ACTIVOS FIJOS EXENTOS DEL IMPUESTO A LOS ACTIVOS EN SOCIEDADES CON OPERACIONES

1.  REVALUACION POR DECISION DE LA EMPRESA. La revaluación de inmuebles y consecuentemente su capitalización que implicará distribución de dividendos en acciones o efectivo con cargo al “superávit por revaluación de activos” (revaluación de activos por decisión administrativa, financiera o conforme las normas internacionales de contabilidad) será considerada como un incremento patrimonial realizado y por tales motivos, constituirá renta gravada con el 27% impuesto sobre la renta, de conformidad con los artículos 268 y 297 del Código Tributario.

Adicionalmente, estará gravado con el impuesto del 1% de aumento de capital, con el mismo tratamiento citado anteriormente.La revaluación de activos no formará parte de la base imponible del impuesto a los activos para las sociedades con operaciones comerciales.

En caso que los socios decidan distribuir dividendos en efectivo o acciones, entonces, estará gravada con el 27% el impuesto sobre la renta.
 
2. REVALUACION POR AMNISTIA FISCAL. Las sociedades podrán capitalizar el superávit por revaluación de activos, cuando dicha plusvalía haya sido reconocida en virtud de la amnistía fiscal. El superávit por revaluación no generará renta gravada cuando sea distribuido en acciones, previo el aumento del capital social autorizado y pago del 1% del impuesto por este concepto, si fuere necesario.  

La revaluación de activos no formará parte de la base imponible del impuesto a los activos para las sociedades con operaciones comerciales. 

El impuesto por aumento de capital constituirá un gasto admitido para fines del impuesto sobre la renta.

El superávit por revaluación de activos por amnistía fiscal solamente podría ser capitalizado en acciones en proporción a los socios de la empresa.

Tribunal llama a las autoridades tomar en cuenta clasificación de empresas para alza salarial

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El Tribunal Superior Administrativo ordenó al Comité Nacional de Salarios disponer un aumento salarial de acuerdo a la ley de clasificación de empresas (187-17), por lo que tendrá que tomar en cuenta la legislación a la hora de incrementar los salarios en el país.

Según la documentación entregada por la Federación de Asociaciones Industriales y la Federación Dominicana de Comerciantes (FDC), la resolución 22/2019, emitida por el Comité Nacional de Salarios para el aumento salarial de un 14%, no aplica a las micro pequeñas y medianas empresas por considerarlo ilegal.

“Estamos diciéndoles a la opinión pública que obtuvimos ganancia de causa entorno a la ilegalidad de la resolución 22/2019 del Ministerio de Trabajo porque no fue realizada de acuerdo a la Ley 187-17 ni a la Ley 488-08 de la clasificación de empresa”, expresó Iván García, presidente de la Federación Dominicanos de Comerciantes (FDC).

Apuntó que las autoridades emitieron una resolución violando todo el derecho de la Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (mipymes) porque lo pusieron en igualdad de condiciones que las grandes empresas del país.

“Un empleado de los más grandes bancos del país está ganando RD$17,610 y un empleado de un colmado con capital entre RD$1,000,000 y RD$2,000,000 también está pagando los mismos RD$17,610…debido a esta iniquidad presentamos un recurso de amparo en cumplimiento de las leyes 488-08 y 187-17 ante el Tribunal Superior Administrativo y nos dio ganancia de causa. Por lo cual, es obligatorio que se tenga que reunir de nuevo el Comité Nacional de Salarios para que el incremento de salarios sea de acuerdo a las leyes y el presidente de la República es quien tiene el mandato de conformar el Comité Nacional de Salarios para que se aboquen al conocimiento de la resolución del aumento salarial”, explicó García.

Fallo del tribunal TSA, sentencia número; 0030-02-2019-SSEN-00341

El fallo de la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo indica, primero: declara buena y válida en cuanto a la forma, la acción de amparo de cumplimiento sometida el 23 de agosto de 2019 por la Federación de Asociaciones Industriales y la Federación Dominicana de Comerciantes contra el Comité Nacional de Salarios y el Ministerio de Trabajo por cumplir con los requisitos legales establecidos en la ley número 137 – 11.

Segundo: Acoge en cuanto al fondo la referida acción de amparo de cumplimiento, en consecuencia, ordena al Comité Nacional de Salarios tomar en consideración las disposiciones contenidas en los artículos 2 y 2-bis de la ley 488-08, modificada por los artículos 4 y 5 de la ley 187 17 para la clasificación de las empresas al momento de fijar las tarifas de salarios mínimos.

Con la resolución, declarada ilegal por los comerciantes, el aumento dispuesto en julio de este año, el salario mínimo más alto del sector privado se ubica actualmente en RD$17,610, pagado por las grandes empresas.

También manda que las medianas empresas paguen un sueldo mensual de RD$12,107, mientras que las pequeñas RD$10,728.

El Tribunal dictó que el alza se debe hacer según la Ley 187-17, que establece la clasificación de las empresas, y la Ley 488 – 08 sobre Mipyme.

Tras el fallo del Tribunal Superior Administrativo contra la resolución 22/2019 emitida por el Ministerio de Trabajo y su Comité Nacional de Salarios, donde ordena un aumento salarial de un 14% al sector privado no sectorizado, los colaboradores favorecidos con el alza de inmediato se preguntaron si el aumento se iba a eliminar.

Por ley, los aumentos salariales derivados de la resolución 22/2019 se quedarán como están porque los salarios no pueden ser reducidos. Los afectados serían los nuevos colaboradores que firmen un contrato de trabajo luego de que el Comité Nacional de Salarios emita una nueva resolución al respecto.

“De acuerdo al Código Laboral, después que se aumente el salario a nadie se les va a disminuir su salario. Lo único que se está buscando es que se aplica la Ley 488-08 y la Ley 187-17. Así es que bajo ninguna circunstancia va a ver una disminución de salarios en República Dominicana, sino una correcta aplicación de la ley”, expresó Iván García.

Consejos para iniciar tu año financiero con buen pie

Sabemos cuánto te interesa mantenerte cuidando tus finanzas y es por eso que queremos darte unos consejos básicos para manejarte adecuadamente.

1. Págate antes de iniciar a pagar gastos (es decir, coloca un monto mensual de manera que puedas establecer un presupuesto para tus metas y/o emergencias)
2. Vive por debajo de tu límite (Asegúrate siempre de gastar menos de lo que ingresas mensualmente)
3. Prepárate para Imprevistos (El mejor seguro que puedes tener es construir tu propio fondo de emergencias como ahorros suficientes para cubrir 1 o 2 meses fijos de gastos del hogar)
4. Pon tu dinero a generar (Invierte tu dinero en algo que puedas sacarle provecho al capital ahorrado, ya que si lo mantienes estático no te genera ningún incremento)
5. Evita deudas tóxicas (Limítate de tomar deudas innecesarias y prográmate en base a tu ingreso real)
6. Define y visualiza tus metas (Es importante que definas cuáles son tus metas a mes y anuales de manera que estés enfocado en lo que quieres lograr y te organices para ello)

El Futuro de nuestros niños que Juegan Lotería

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Cada día nuestra sociedad pierde la esperanza de que nuestras futuras generaciones surjan forjadas sobre sólidos cimientos de moralidad, buenas costumbres, comprometidos con el trabajo y la superación personal.

Ver como niños entran y salen de bancas de loterías y juegos de azar resulta un drama frustrante y desolador para quienes a diario en los medios de comunicación hablamos de la pérdida de valores y el incremento desproporcionado de la vagancia y la delincuencia juvenil.

La proliferación de bancas de loterías y juegos de azar instalado en el casco urbano, barrios periféricos, campos, balnearios y hasta frente a centros educativos raya con la prudencia y la ambición desmedida de quienes pretenden amasar grandes fortunas creando cordones de miserias y destruyendo la verdadera esencia de la sociedad “La familia”
Teniendo una banca frente a las escuelas los niños que podrían verse tentados a jugar el dinero de la merienda al dar seguimiento a la conducta aprendida de sus padres al mandarlo a jugar loterías.

Mayor responsabilidad va por cuenta del estado que legaliza y promueve las bancas de loterías y los juegos de azar en toda una población sumida en la pobreza, y la falta de oportunidades, ahora cede su espacio a los carteles de la Banca para que hagan su propios sorteos siendo juez y parte de un juego donde la banca sólo Gana y se ríe de quienes sueñan despiertos con la suerte de sacarse una quiniela, un palé o una tripleta para resolver parte de los problemas que le ha provocado la adicción al juego.

Una sociedad que permita que sus niños menores jueguen numeros en las bancas de loterías, estaría fomentando una generación de jovenes inducidos a la vagancia, al dinero fácil y a la delincuencia.

Siendo las bancas de loterías y los juegos de azar una realidad social instalada en el corazón de nuestros barrios, creemos prudente que los propietarios de estos consorcios tomen medidas administrativas para evitar que menores de edad entren a esos establecimientos de juegos colocando letreros que digan: PROHIBIDA LA ENTRADA A MENORES DE EDAD”

Otra iniciativa sería la creación de la Dirección Nacional de Control de Loterías (DNCL) y que la misma sea conformada por presidentes de juntas de vecinos y dirigentes comunitarios para controlar la entrada de menores de las bancas de lotería y evitar que más miembros de la familia se involucren en el juego de lotería.

En la familia que entra el vicio del juego, comienza una carrera sin fin, hasta que le llega la ruina económica y la degeneración moral y social. El juego con dinero no tiene final, el que juega siempre pierde, a la larga o a la corta. Es un vicio que atrapa, como si fuera el vicio de las drogas.

Hace falta tener una enorme fuerza de voluntad, para salirse de la ludopatía, que es la adicción o enfermedad que corroe y destruye nuestras familias.

En su artículo 112 la Ley 14-94 plantea como “absolutamente prohibido” permitir la entrada a niños, niñas y adolescentes en establecimientos comerciales que expendan bebidas alcohólicas, casas de juegos y de apuestas. Las propietarios de dichos establecimientos estarán obligados a colocar en un lugar visible a la entrada del local, la advertencia de prohibición de admisión de niños, niñas y adolescentes.

También en su letra F, artículo 114 dice textualmente: Queda prohibida la venta a niños, niñas y adolescentes….billetes de lotería y sus equivalentes.
Es hora de que entendamos que lo que hoy somos como sociedad, es el resultado de la educación que ayer recibimos; es hora de parar estos valores que le estamos inculcando a nuestro niños de hoy, que son los hombres del futuro.