En un escenario donde la preocupación por el bienestar y la seguridad de los menores de edad es primordial, surge un proyecto de ley desde la Cámara de Diputados que busca establecer un régimen de inhabilidades para ciertos ciudadanos, particularmente aquellos que trabajan en profesiones relacionadas con la educación, orientación y cuidados de los más jóvenes. En particular, las guarderías infantiles serían uno de los sectores más impactados por esta propuesta. Si bien la intención de proteger a los niños es innegable, es crucial analizar los aspectos éticos y prácticos de esta iniciativa.
Una de las disposiciones más llamativas de este proyecto de ley es la que prohíbe a las personas que consumen bebidas alcohólicas o drogas no autorizadas, si estas les producen alteración de conducta, ejercer profesiones relacionadas con menores de edad. La justificación principal detrás de esta medida es que el consumo constante de sustancias puede conllevar a trastornos graves de la conducta que pueden afectar negativamente el servicio a los niños bajo su cuidado.
Si bien el bienestar de los menores es una causa loable, la efectividad de esta medida es cuestionable. En primer lugar, la interpretación de lo que constituye un «consumo constante» y la determinación de cuándo el consumo conduce a una alteración de la conducta son subjetivas y complicadas. ¿Qué nivel de consumo se consideraría inaceptable? ¿Quién evaluaría si una persona está alterada por el consumo de sustancias? Estigmatizar automáticamente a todas las personas que consumen alcohol o drogas podría ser injusto y desproporcionado.
Además, esta disposición plantea preguntas importantes sobre la privacidad y los derechos individuales. ¿Deberíamos permitir que el Estado controle y restrinja el comportamiento personal de los ciudadanos en sus vidas privadas? La libertad personal y la autonomía deben ser protegidas, siempre y cuando no pongan en peligro la seguridad de los menores.
Otra parte del proyecto de ley que merece una evaluación crítica es la inhabilitación de los educadores que no se encuentren en buenas facultades mentales, según el diagnóstico de un médico psiquiatra calificado y validado por una entidad médica. Es crucial abordar la salud mental de los educadores, ya que su bienestar influye directamente en la calidad de la educación que brindan. Sin embargo, este enfoque plantea preocupaciones sobre la objetividad y la imparcialidad de los diagnósticos psiquiátricos, así como sobre el acceso a la atención médica adecuada.
En lugar de centrarse en la prohibición y la estigmatización, el enfoque debería ser la prevención y el apoyo. Proporcionar capacitación, recursos y servicios de apoyo a los educadores que enfrentan problemas de salud mental o adicciones sería una forma más efectiva y justa de abordar estos problemas. La promoción de políticas de bienestar y la creación de un entorno laboral saludable son esenciales para garantizar la salud mental de los educadores y, en última instancia, la calidad de la educación que brindan.
En conclusión, el proyecto de ley que busca establecer un régimen de inhabilidades para educadores plantea importantes preguntas éticas y prácticas. La protección de los menores es una prioridad, pero debemos buscar soluciones equitativas que respeten los derechos y la dignidad de los educadores. La prevención y el apoyo son clave para abordar los problemas de salud mental y adicciones en el ámbito educativo, en lugar de recurrir a la prohibición y la estigmatización.
LIC. ALEXIS ROSARIO, CDP, SNP, SIP
EL RESPLANDOR