Los conductores de la República Dominicana están sujetos a una normativa clara y contundente en cuanto a la prioridad que deben otorgar a los vehículos de emergencia, como ambulancias y camiones de bomberos. Este mandato no es simplemente una recomendación, sino una obligación legal recogida en la Ley No. 63-17 de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial. En su artículo 93, establece que los conductores deben tomar las medidas necesarias para facilitar el paso a estos vehículos en situaciones de emergencia, deteniéndose o desplazándose hacia el carril derecho.

Esta disposición tiene como propósito fundamental garantizar que los vehículos de emergencia puedan llegar de manera expedita al lugar donde se les necesita. Ambulancias y camiones de bomberos no solo transportan personal capacitado, sino que pueden significar la diferencia entre la vida y la muerte para quienes dependen de su pronta respuesta.

¿Cómo debe actuar un conductor?

Es fundamental que los conductores comprendan que, cuando se aproximan vehículos de emergencia con las sirenas o luces encendidas, deben reducir su velocidad, desplazarse hacia la derecha y detenerse si es necesario. Este comportamiento no solo facilita el tránsito del vehículo de emergencia, sino que también minimiza riesgos para todos los usuarios de la vía.

La ley también contempla que, en casos donde un agente de la Digesett (Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre) indique una acción diferente, los conductores deben obedecer dicha instrucción. Esto asegura un control efectivo del flujo vehicular en situaciones complejas o de congestión.

Las sanciones: El costo de la irresponsabilidad

El incumplimiento de esta normativa conlleva sanciones económicas significativas. Según la Ley 63-17, la violación de este precepto será castigada con una multa de entre uno a tres salarios mínimos, dependiendo de la gravedad de la infracción. Además, el infractor acumulará puntos en su licencia de conducir, conforme al reglamento establecido. Este tipo de sanciones no solo tienen un carácter punitivo, sino que buscan reforzar la responsabilidad de los conductores en situaciones de emergencia.

La prioridad de los vehículos de emergencia

Es crucial entender que los vehículos de emergencia no están obligados a seguir todas las normativas de tránsito habituales, como los límites de velocidad, en momentos críticos. Sin embargo, aún en esos casos, deben respetar las señales y órdenes de los agentes de la Digesett, lo que garantiza una coordinación adecuada y segura para el resto de los vehículos en circulación.

Reflexión final

En un contexto donde el respeto por las normas de tránsito puede salvar vidas, ceder el paso a los vehículos de emergencia no es solo una obligación legal, sino también un deber moral. Los conductores deben ser conscientes de que, al facilitar el paso de una ambulancia o un camión de bomberos, pueden estar contribuyendo a que una persona reciba atención médica a tiempo o que un incendio sea controlado antes de causar daños irreparables.

Ignorar esta responsabilidad puede tener consecuencias graves, tanto para el infractor como para aquellos que dependen de una respuesta rápida de los servicios de emergencia. Por lo tanto, es imperativo que cada conductor asuma con seriedad esta normativa y la incorpore como parte esencial de su comportamiento al volante.

Contrario a lo que sucede en otros países, en la República Dominicana las ambulancias enfrentan serias dificultades al realizar traslados de emergencias médicas, ya que muchos conductores se muestran negligentes a la hora de cederles el paso. La mayoría de estos conductores parecen desconocer la Ley No. 63-17 de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, que obliga a facilitar el paso a los vehículos de emergencia, lo que agrava la situación y pone en riesgo vidas que dependen de una rápida respuesta.

LIC. ALEXIS ROSARIO, CDP, SNTP, FIP «Voz del comercio y tu comunidad»