En la República Dominicana, la atención médica es un derecho fundamental respaldado por leyes y regulaciones que buscan garantizar el acceso equitativo a los servicios de salud. Sin embargo, persiste una preocupante práctica que pone en peligro la salud y la economía de los pacientes: las clínicas privadas que cobran anticipos a pacientes en situaciones de emergencia afiliados al Seguro Familiar de Salud (SFS) en violación de la Resolución No. 546-01 del Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) y las leyes 42-01 y 87-01. Esta práctica, más allá de su ilegalidad, representa un peligro real para la salud y la justicia en el sistema de salud dominicano.
La Resolución No. 546-01 del CNSS, junto con las leyes 42-01 y 87-01, establece claramente que está prohibida la práctica de exigir depósitos o anticipos a los afiliados del SFS como garantía de pago para recibir servicios de salud en situaciones de emergencia. A pesar de esta normativa, algunas clínicas privadas persisten en esta práctica ilegal, poniendo en peligro la salud y los derechos de los pacientes.
El peligro de esta práctica es evidente cuando se considera que los pacientes en situaciones de emergencia necesitan atención médica inmediata y, a menudo, no tienen tiempo para negociar o buscar alternativas. El cobro de anticipos puede llevar a retrasos cruciales en el tratamiento, lo que puede tener consecuencias graves e incluso mortales para los pacientes. Ninguna persona debería verse en la situación de tener que elegir entre su salud y su billetera en momentos críticos.
Además del riesgo para la salud, los cobros anticipados pueden tener un impacto económico significativo en los pacientes y sus familias. Estos gastos inesperados pueden llevar a una carga financiera insostenible, lo que va en contra del propósito del SFS de proteger a los afiliados de gastos médicos exorbitantes.
Para abordar este problema y proteger los derechos de los afiliados del SFS, es esencial que las autoridades de salud y reguladoras apliquen sanciones efectivas a las clínicas privadas que violen las regulaciones. Las sanciones deben ser proporcionales a la gravedad de la infracción y deben servir como un disuasivo para evitar futuros cobros indebidos. Además, es fundamental que se establezcan mecanismos efectivos para que los pacientes denuncien estos abusos y reciban reparación adecuada.
El peligro de ser sancionadas debería llevar a las clínicas privadas a reconsiderar su enfoque hacia los pacientes afiliados al SFS en situaciones de emergencia. El acceso a la atención médica no debe estar sujeto a barreras financieras injustas, y el sistema de salud dominicano debe defender la justicia y la equidad en el acceso a la atención médica. Para lograr esto, es crucial que se apliquen sanciones de manera efectiva y que se promueva una cultura de respeto por los derechos de los pacientes. Solo así se puede garantizar que todos los dominicanos reciban la atención médica que merecen, sin importar su situación económica.
LIC. PERIODISTA ALEXIS ROSARIO, CDP, SNTP, SIP
PERIODISMO RESPONSABLE.